Catastro Marqués de la Ensenada Mecerreyes

 

El pasado verano un grupito de guiletos interesados en la historia, se pusieron manos a la obra, cogieron los documentos originales del Catastro del Marqués de la Ensenada y lo transcribieron al lenguaje de hoy.
Es un documento muy interesante para conocer mejor la historia de nuestro pueblo en el siglo XVIII. El Marqués de la ensenada mandó hacer su famoso Catastro con 40 preguntas a las que nuestros antepasados tuvieron que responder. Gracias a estas respuestas tenemos una visión muy completa de cómo se vivía en Mecerreyes en 1753.
Podéis ver el original en
En el documento adjunto que hemos transcrito entre varios guiletos, puede haber errores. No somos especialistas en el tema. Están todas las preguntas que se les hicieron y las respuestas que dieron nuestros antepasados. Hemos intentado ser lo más fieles posible.
El PPT quiere ser una síntesis de lo más representativo de las respuestas completas que tenéis en el documento adjunto. Para verlas bien, tenéis que pasar las diapositivas de forma manual.

Powerpoint: Catastro Marqués de la Ensenada Mecerreyes

Espero que disfrutéis al menos tanto como los que hemos disfrutado haciendo este trabajo.

Un saludo cordial para todos.

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CATASTRO MARQUÉS DE LA ENSENADA, 

documento oficial del siglo XVIII que nos aproxima a la historia de MECERREYES

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1.- Catastro de Ensenada

Desde 1749 se realizó, en los 15.000 lugares con que contaba la Corona de Castilla (entre los que no se cuentan los de las provincias vascas, por estar exentas de impuestos), una minuciosa averiguación a gran escala de sus habitantes, propiedades territoriales, edificios, ganados, oficios, rentas, incluyendo los censos; incluso de las características geográficas de cada población. Fue ordenada por el rey Fernando VI a propuesta de su ministro el Marqués de la Ensenada y recibe hoy el nombre de Catastro de Ensenada

La mejor estadística posible

Las respuestas generales de los pueblos al interrogatorio de 40 preguntas del Catastro (que se tabularon y verificaron con todas las prevenciones posibles para evitar las ocultaciones o desviaciones que podían imaginarse, y que aun así sin duda se produjeron) proporcionan un volumen de documentación abrumador, que sigue dando oportunidad a los historiadores para analizar, a través de una excelente radiografía, la economía, la sociedad, la práctica del régimen señorial e incluso el estado del medio ambiente; y es desde luego la mejor estadística disponible en el contexto europeo del Antiguo Régimen, que podemos considerar pre-estadístico.

Catastro

La palabra catastro significa averiguación o pesquisa. También se aplica a la forma de averiguación, porque se realizó desplazándose a los lugares catastrados un grupo de funcionarios que la dirigían.

Respuestas Generales – Proceso Catastral

El proceso catastral viene especificado con todo detalle en la Instrucción que acompaña al R.D. de 10 de octubre de 1749. Se inicia con:

Carta, pregón y bando. El Intendente de la Provincia enviaba una carta a la Justicia (alcalde) del pueblo con traslado de la orden del rey y le anunciaba la fecha de su llegada y la obligación de pregonar y exponer el bando que se enviaba junto con la carta.

Elección de representantes del concejo y peritos. Simultáneamente, el alcalde y los regidores debían elegir los miembros del ayuntamiento (concejo) que habrían de responder al Interrogatorio de 40 preguntas; además, debían elegir dos o más peritos entre las personas que mejor conociesen las tierras, frutos y, en general, todo lo referente al lugar (su población, sus ocupaciones, sus utilidades, ganados, etc.)

Llegada del equipo catastrador (o audiencia) y primeras diligencias. El Intendente o en representación suya un Juez-subdelegado, iba acompañado de un asesor jurídico, un escribano y los operarios, agrimensores, escribientes y demás dependientes que considere necesarios para acudir a cada pueblo de la provincia. Mandaba citar al alcalde, regidores y peritos y cura párroco para un día, hora y lugar determinados.

Si lo consideraba oportuno, el Intendente podía designar otros peritos, generalmente forasteros, que debían expresar su conformidad o disconformidad acerca de los rendimientos o utilidades que los peritos del pueblo declarasen. Se les tomaba juramento, con el párroco como mero testigo.

Respuestas al Interrogatorio. Llegado el momento, se daba comienzo al Interrogatorio, recogiendo el escribano las respuestas literales («a la letra») dadas por el concejo y los peritos. Si los representantes del municipio carecían de datos para responder alguna pregunta, el acto podía suspenderse un tiempo, a condición de hacerlo con reserva, justificación y brevedad. Las autoridades y testigos firman el documento, a excepción del cura párroco.

El resultado de este acto daría lugar al documento llamado Respuestas Generales, que quedaba en manos del Intendente. Si a lo largo del proceso catastral posterior se encontraban datos que corregían o ampliaban la información dada en los primeros días, se le añadían notas aclaratorias finales. A veces el acta tiene una segunda parte con rectificaciones a las preguntas más o menos amplias hechas por el Contador, una vez examinados todos los autos, asientos, verificaciones y notas.

DOCUMENTO DEL CATASTRO DE LA ENSENADA SOBRE LA VILLA DE MECERREYES (BURGOS)

 

41 HOJAS MANUSCRITAS QUE PODEMOS ENCONTRAR

EN LA PÁGINA WWW      http://pares.mcu.es/Catastro/

 

La villa de Mecerreyes

En la villa de Mecerreyes, a veintiocho de noviembre de 1752, ante el señor subdelegado D. Manuel de Suso comparecieron Manuel González Arribas y Manuel Martínez, peritos nombrados, Andrés Alonso Cuesta y Juan de Alonso Alonso, Alcaldes ordinarios, y Antonio Cuevas, tesorero, de quienes y cada uno, en presencia de Don Bartolomé Alonso, cura beneficiado, y de Manuel de Arriaga, vecino de la villa de Covarrubias, que asiste a esta su merced por ante mí el escribano, tomo y recibo juramento por Dios nuestro Señor, y ante la Cruz, en forma de Derecho bajo el cual ofreciera decir verdad, a cuanto se les preguntare, y siéndolo por el interrogatorio antecedente, a cada una de sus preguntas, dijeron lo siguiente

1- ¿Cómo se llama la población?

A la primera, dijeron que esta villa se llama Mecerreyes.

2- Si es de Realengo, o señorío: a quién pertenece: qué derechos percibe  y cuánto producen.

A la segunda, que es de realengo y a S.M. pagan los tributos de seiscientos millones.

3-¿Qué territorio ocupa el Término, cuánto de Levante a Poniente y del Norte al Sur: y cuánto de circunferencia, por horas y leguas: qué linderos, o confrontaciones; y qué figura tiene, poniéndola al margen?

A la tercera dijeron que el término propio de esta villa ocupa el terreno de un cuarto de legua, desde el cierzo al Abrego, tres cuartos desde solano a regañón y legua y media en Circunferencia, que se necesita hora y media para andarse, confronta por cierzo, el denominado lugar de Cuevas, por solano el de la villa de Covarrubias, por abrego el denominado Puentedura y por regañón el de Lerma. Tiene un término comunero con las villas de Puentedura y Quintanilla del Agua, en el que con igualdad aprovechan los pastos para los ganados, y tiene de circunferencia quinientos pasos, confronta por cierzo y solano término propio de esta villa por abrego, el de Puentedura y por regañón, y el de Lerma.

4-¿Qué especies de tierra se hallan en el término: regadío, secano, distinguiendo si son hortalizas, sembradura, viñas, pastos, bosque, matorrales, montes y demás, que pudiera haber, explicando si hay alguna que produzca más de una cosecha al año, las que fructificasen solo una, y las que necesitasen de un año intermedio de descanso?

A la cuarta dijeron que todo el terreno de esta villa es secano, las huertas, prados, montes y viñas producen un fruto cada año, y las heredades, con uno de intermedio de descanso y aunque cada vecino tiene era particular, es término del Concejo, no producen cosa alguna por servir para pasto común.

5- ¿De cuántas calidades de tierra hay en cada una de las especies, que hayan declarado, si de buena, mediana e inferior?

A la quinta dijeron que las huertas, viñas, prados y montes son de única calidad, y las tierras, de primera, segunda y tercera.

6- ¿Hay algún plantío de árboles en las tierras, que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos…?

7- ¿En cuáles de las tierras están plantados los árboles?

8- ¿En qué conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra, o a los márgenes: en una, dos, tres hileras; o en la forma que estuvieren?

A la sexta, séptima y octava dijeron que en las huertas y viñas hay árboles frutales, pero sin orden ni fila, cuya fruta cuando la producen la consumen los dueños, en casa sin utilidad, de venta no hay otros árboles, que el nuevo plantes de chopos, sauces y olmos mandado hacer por V.M. que Dios guarde.

9- ¿Qué medidas de tierra se usa en el pueblo, de cuántos palios o varas Castellana en cuadro se compone: qué cantidad de cada especie de granos, de los que se cogen en el término, se siembra en cada una?

A la novena dijeron que en este pueblo no se usa otra medida que por fanegas, para el reconocimiento del campo y sustituyen uno por pasos, Varas castellanas, y en la fanega de tierra de primera calidad se echa la misma sembradura, de trigo, un año, otro descansa, otro una fanega de cebada, o una de yeros, y el cuarto descansa. La segunda calidad por el mismo orden, se siembra un años con seis celemines de centeno, y otro con tres celemines de avena de tercera calidad, en otros, cuatro años, de sembradura con tres celemines de centeno y otro con tres de avena, la fanega de tierra huerta, un año produce verdura y el siguiente se siembra con treinta celemines de cáñamo. La medida de viñas es por obradas y cada uno se compone de cien cepas, y los prados por hacer.

10- ¿Qué número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie, y calidad: por ejemplo, tantas fanegas, o del nombre que tuviese la medida de tierra de sembradura, de la mejor calidad: tantas de la mediana bondad y tantas de la inferior; y lo propio en las demás especies, que hubieran declarado?

A la décima dijeron que de buenas habrá el palmento, de cuatro fanegas, de prados, para ochenta haces, de viñas treinta obradas.

De tierras, aunque no pueden decir de positivo por no tener medida el término, les parece habrá en primera calidad, treinta fanegas, cincuenta en segunda y trescientas veinte en tercera, y de monte alto de encina ciento cincuenta fanegas.

11- ¿Qué especies de frutos se recogen en el término?

A la undécima dijeron que en el término de este lugar se coge trigo, cebada, centeno, avena, yeros, uva, hierba, hortaliza, cáñamo, bellota y se hace carbón.

12- ¿Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, producen, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie, y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiere?

A la duodécima dijeron que la fanega de tierra de huerta, poniéndola de verdura produce setenta y dos reales, y sembrándose de cáñamo, dieciocho cuarterones, que cada uno se compone de sesenta mañas, una obrada de viña produce una arroba de uvas, un prado segadero de un haz, se entiende, ser lo mismo que produce una fanega de tierra de primera calidad sembrada de una de trigo, produce cuatro fanegas y media, y con la fanega de cebada seis, dos carros de yeros, de treinta haces cada uno; los seis celemines de centeno, en fanega de segunda calidad, tres fanegas, y los tres de avena, cuatro fanegas los tres celemines de centeno, en fanega de tercera calidad, dos fanegas. Y en los tres de avena, tres fanegas de avena, la fanega de tierra monte producen carbón y grana treinta y tres reales, y veintiséis maravedíes y medio.

13- ¿Qué producto se regula darán por medida de tierra de árboles que hubiere, según la forma, en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie?

A la decimotercera dijeron que a los árboles frutales declarados en la sexta consideran de utilidad, tres reales de nogal, y a cada uno de los demás veinte más.

14- ¿Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los frutos, que producen las tierras del término, cada calidad de ellos?

A la catorce dijeron que una fanega de trigo, regulan por trece reales, la de cebada por seis, la de centeno por nueve, la de avena, por cuatro, un haz de yeros, dieciséis maravedíes, con su simiente, un cuarterón de cáñamo con su simiente, cuatro reales, una arroba de uvas, tres reales, una gallina, tres reales, un cordero ocho, un chivo, lo mismo, y un haz de hierba, tres reales.

15- ¿Qué derechos se hallan impuestos sobre la tierra del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo; u otros; y a quién pertenecen?

A la quince dijeron que en esta villa se diezma por costumbre, el que tiene huerta, cinco maravedíes, el que tiene prados lo mismo, y de los demás frutos la décima parte, y de cada especia de granos siendo cosechero, en tres fanegas, por razón de primicias dos celemines, y en otros diezmos, son interesados los dos Beneficiados, de tres novenos, el cabildo de la Santa Iglesia de Burgos, de otros tres: el convento de Miraflores de dicha ciudad, de dos y la fábrica de uno y la cofradía de la Veracruz, de los del término llamado, las erías, sin más privilegio que la costumbre inmemorial.

16- ¿A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie, o a qué precio suelen arrendarse un año con otro?

A la dieciséis dijeron les parece que dichos frutos diezmales subirán al año por un quinquenio, a ciento cincuenta fanegas de trigo, ciento de cebada, ciento veinte de centeno, diez de avena y de los demás reducido a dinero como dos mil reales de Vellón y las primicias a treinta fanegas, de trigo, cebada, centeno y avena por iguales partes, la parte de diezmos, del cabildo, regularmente se arrienda y al presente lo tiene Don José Alcocer, vecino de Covarrubias, quien no consideran utilidad alguna por contarles que pierden y los de dicha Cofradía subirán a tres fanegas de trigo, tres de cebada y seis de centeno.

17- Si hay algunas minas, salinas, molinos harineros o de papel, batanes, u otros artefactos en el términos, diferenciando de qué metales, y de qué uso, explicando sus dueños, y los que se regula qué produce cada uno de utilidad al año.

A la diecisiete dijeron que no comprende.

18- Si hay algún esquilmo en el término, a quién pertenece, número de ganado que viene al esquilmo y qué utilidad se regula da a su dueño cada año.

A la dieciocho dijeron que el esquilmo y ganado que esta villa tiene, resulta de la pregunta vigésima.

19- Si hay colmenas en el término, cuántas y a quién pertenecen

A la diecinueve dijeron que en término de este lugar hay algunas colmenas cuyos dueños y el número es el siguiente:

Manuel González Lozano                   3

Andrés Alonso Cuevas                     10

Fernando González                              1

Carlos González                                     1

Juan de Lamo                                        4

Francisca Vicario                                 2

Juan de Sancho                                     2

Juan Díez Román                               10

y por cada una y ajustada regulación consideran de utilidad cuatro reales de vellón.

20- De qué especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de coche, y caballos de regalo y si algún vecino tiene cabaña, o yeguada que pastan fuera del término, dónde, y de qué número de cabezas, explicando el nombre del dueño.

A la veinte dijeron que en el término de este lugar y en los que tiene arrendados, a la villa de Lerma, por los que pagan anualmente los ganaderos mil treinta y seis reales de vellón se mantienen cincuenta y tres yuntas, y media, cincuenta y seis reses vacunas de Huelgo, seiscientas cincuenta de cabrío, mil seiscientas lanares, ochenta y cinco cerdas de cría y cien caballerías mayores y menores, y por presente y ajustada regulación consideran de utilidad, veinte reales a la  de vacuno, dos reales y medio a la de lana, cuatro a la de cabrío y veintiocho a la de cerda de criar, teniendo presente, el dinero que pagan por las yerbas, a dicha villa de Lerma.

21- ¿De qué número de vecinos se compone la población y cuántos en las casas de campo y alquerías?

A la veintiuna dijeron que este pueblo se compone de ciento veinte vecinos, doce viudas y cuatro habitantes.

22- Cuántas casas habrá en el pueblo, qué número de inhabitables, cuántas arruinadas: y si es de señorío, explicar si tiene cada una carga, que pague al dueño, por el establecimiento del suelo y cuánto.

A la veintidós dijeron hay ciento once casas habitables y veintitrés inhabitables y tres arruinadas.

23- ¿Qué propios tiene el Común y a qué asciende su producto al año, de qué se deberá pedir justificación?

A la veintitrés dijeron que los propios de este concejo son tierras, el producto que da el monte en carbón y bellota, y otros que no tienen presentes y constarán del memorial y justificación que presentara el Procurador General.

24- Si el Común disfruta algún Arbitrio, Sisa u otra cosa, de que se deberá pedir la concesión, quedándose con copia, que acompañe estas diligencias: qué cantidad produce cada uno al año: a qué fin se concedió, sobre qué especies, para conocer si es temporal o perpetuo, y si su producto cubre, o excede de su aplicación.

A la veinticuatro dijeron que en este pueblo no se usa, de arbitrio alguno con facultad real, ni con ella, aunque en el vino que se vende al público, se imponen algunos maravedíes por razón de viña, lo que alguna vez alcanza para pagar lo encabezado.

25- ¿Qué gastos debe satisfacer el Común como salario de Justicia, y Regidores, fiestas del Corpus y otras: empedrado, fuentes, sirvientes y se tiene que pedir relación auténtica?

A la veinticinco dijeron que los gastos anuales que satisface el común en letamar, uvas y otros constarán  en el Memorial y Justificación que presentara otro Procurador.

26- ¿Qué cargos de Justicia tiene el Común, como censos, u otros, su importe, por qué motivo y a quién, de qué se deberá pedir puntual noticia?

A la veintiséis dijeron que a cargo de este Concejo está el satisfacer anualmente doce ducados de Vellón, a seiscientos de un Censo, de cuatrocientos de principal a favor de Manuel Esteban vecino de la villa de Retuerta, que se tomó en un año que hubo mucha necesidad en el pueblo por escasez de frutos para socorrer a los vecinos y otros que resultaran del memorial.

27- Si está cargado de Servicio Ordinario, y Extraordinario, u otros, de qué igualmente se debe pedir individual razón.

A la veintisiete dijeron que esa villa paga anualmente a S.M. por servicio real, doscientos veintisiete reales y treinta y dos maravedíes de Vellón, y por utensilios, veinticuatro reales.

28- Si hay algún empleo, alcabalas u otras rentas enajenadas: a quién, si fue por servicio pecuniario u otro motivo: de cuánto fue, y lo que produce cada uno al año. Se deberán pedir los títulos, y quedarse con copia.

A la veintiocho dijeron que por razón de alcabalas y encabezo, paga esta villa al Excmo. Señor Duque de Medinaceli, novecientos reales de Vellón, no saben con qué título goza este derecho del Abad de la Colegiata de Covarrubias, treinta y cuatro reales, y veinticuatro maravedíes de yantar al Cabildo de dicha Colegiata, un real y seis maravedíes de infracción, y por este derecho también le paga cada vecino que tiene yunta, siete celemines de trigo y veintiuno de cebada, el que tiene media, la mitad, y el que no la tiene una gallina y también ignoran de dónde proceden estos derechos.

29- ¿Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, puentes, barcas sobre el río, mercados, ferias… hay en la población y término. A quién pertenecen y qué utilidad pueden dar al año cada uno.

A la veintinueve dijeron que para el gobierno de esta villa y sus pasajeros tiene una taberna, de vino tinto que la provee donde Isidro Alonso, aquí y cuya utilidad consideran mil reales de Vellón, también tiene un Mesón arrendado a Francisco Esteban, cuyo producto constara del memorial justificado que presentara dicho procurador a dicho mesonero, consideran de utilidad sesenta reales de Vellón en atención a no serlo lugar de paso; hay una carnicería que sólo surte de chivato a cargo de Matías Alonso a quien consideran que son de utilidad cien reales de Vellón.

30- Si hay hospitales, ¿de qué calidad, qué renta tienen y de qué se mantienen?

31- Si hay algún cambista, mercader de por mayor, o quien beneficie su caudal, por mano de Corredor u otra persona, con lucho o interés; y qué utilidad se considera le puede resultar a cada uno al año.

A la treinta y treinta y una dijeron que no comprende.

32- Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas de oro, plata y seda, lienzos, especies u otras mercadurías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros… y qué ganancia se puede tener cada uno al año.

A la treinta y dos dijeron hay un cirujano llamado Juan de Lamo, asalariado, por cincuenta y seis fanegas y media de trigo; repartidos entre los vecinos y viudas, y más treinta reales en dinero por concejo.

Tomás Vicario tiene empleado por sacristán a un hijo, quien por ello se gana seis fanegas de trigo y centeno por mitad, y más media fanega de trigo.

Mateo Juárez es maestro de primeras letras y por ello percibe, de la villa, treinta ducados, en especie y de los padres de los chicos, veinte fanegas de trigo.

También hay diferentes arrieros de vino tiento que lo conducen a la montaña, y a otras partes, con menos caudal, caballerías y ocupación, que otras, por lo que haciendo consideran sus respectivas utilidades, a juicio prudente, lo declararán en la forma siguiente:

Aceitero:

Francisco Esteban, tiene la industria de comprar aceite, para venderlo por menor y en ello le consideran de utilidad,                                150 reales

33- ¿Qué ocupaciones de artes mecánicos hay en el pueblo, con distinción, como albañiles, canteros, albéitares, herreros, sogueros, zapateros, sastres, pelaires, tejedores, sombrereros, manguiteros, guanteros… explicando cada oficio de los que hubiere, el número que haya de maestros, oficiales y aprendices; y qué utilidad puede resultar, trabajando meramente de su oficio, al día cada uno?

A la treinta y tres dijeron hay diferentes personas, labradores y jornaleros que ejercen oficios de los comprendidos, en la pregunta en los que se ocuparen, con variedad de días y utilidad y con la expresión siguiente:

Plateros:

Manuel González Lozano, de oficio platero, ocupa 80 días a este ejercicio, y en ello le consideran de utilidad 400 reales.

Herradores:

Antonio Azofra, de oficio herrador, tiene de utilidad 540 reales, y se ocupa 180 días.

Herreros:

Baltasar Aranda, herrero, ocupa 180 días y en ello utiliza en grano y manos libres 360 reales.

Sastres:

Juan de las Heras, sastre de oficio, se ocupa 12 días y en ellos utiliza 480 reales, a cuatro cada uno.

José González, mayor, del mismo oficio, ocupa 50 días y en ellos gana 200 reales.

Carlos Portal, los mismos días y utilidad, 200 reales.

José Portal, ocupa 120 días, y en ellos gana 480 reales.

Bernabé González, la misma utilidad y días, 480 reales.

Tejedores:

Tomás Vicario, tejedor de cáñamo y lana, ocupa 120 días, y en ellos gana 480 reales.

Sebastián Bravo, los mismos días y utilidad, 480 reales.

Roque Bravo, la misma utilidad y días, 480 reales.

Gabriel Bravo, la misma utilidad y días, 480 reales.

Tomás Bravo, la misma utilidad y días, 480 reales.

Francisco Bravo, 130 días, 520 reales.

Fabián Cuesta, 110 días, 440 reales.

Zapateros:

Juan Díez Román, zapatero de oficio, tiene de utilidad 900 reales y en él emplea 200 días.

Santiago Rupelo, del mismo oficio, ocupa 180 días,  810 reales.

Matías Díez, también zapatero, los mismo días y utilidad, 810 reales.

34- ¿Si hay artista alguno, que teniendo caudal, haga la prevención de materiales correspondientes a su propio oficio, o a otros, para vender a los demás o hiciere algún otro comercio, o arrendamientos, explicar quiénes, y la utilidad que sacan cada año?

A la treinta y cuatro dijeron no comprende.

35- ¿Qué número de jornaleros habrá en la población?

36- ¿Cuántos pobres de solemnidad habrá en la población?

37- Si hay algunos individuos, que tengan embarcaciones, que naveguen en el mar, o en ríos, para trasporte o para pescar: cuántas, a quiénes pertenecen, y qué utilidad se considera cada una a su dueño al año?

A estas tres dijeron no comprenden.

 

38- ¿Cuántos clérigos hay en el pueblo?

A la treinta y ocho dijeron, hay tres clérigos, que lo son: Don Bartolomé Alonso y Don Tomás Alonso, curas beneficiados en propiedad en la Iglesia Parroquial de San Martín de esta villa, y Don Gregorio González, presbítero capellán de la que fundó Don Domingo González.

39- ¿Si hay algunos conventos, de qué religiosos/as y qué número tiene cada uno?

A la treinta y nueve dijeron no comprende.

40- ¿Si el Rey tiene en el término, o pueblo alguna finca o renta, que no corresponda a las generales, ni a las provinciales, que deben extinguirse: cuáles son, cómo se administran y cuánto producen?

A la cuarenta dijeron hay un Estanquillo de tabaco por menor, que lo distribuye Isidro Alonso, a quien por su utilidad consideran, 36 reales.

Y conforme a órdenes de la Real Junta de 16 de noviembre del año pasado de 1753, y a tres de marzo del presente, fueron preguntados por el número de labradores, hijos y criados aptos y válidos trabajan desde la edad de 17 años cumplidos, hasta los 60, qué número de días trabaja cada uno de dichos labradores con sus labranzas, qué jornal se debe preguntar al día y qué soldada se acostumbra dar a los demás, dijeron hay los siguientes:

Que son todos los labradores, hijos y criados que hay en esta villa aptos y válidos al trabajo, y a cada uno de dichos labradores, consideran de jornal por día tres reales y medio, y a cada criado o hijo mayor, veintidós ducados de soldada, no obstante que algunos se ajustan por más y otros por menos, y asimismo, hay los guardas y pastores siguientes:

PASTORES

. José Rodrigo es pastor del ganado cabrío de los vecinos de esta villa, quien por ello gana 54 fanegas y dos celemines de trigo, ocupándose en dicha custodia un hijo mayor que tiene con él.

GUARDAS

. Juan Nuño es guarda del ganado de la cerda, cuya soldada le importa 25 fanegas de centeno.

. Benito Pérez, guarda del ganado vacuno, gana otras 25 fanegas de centeno.

. Vicente Cuevas, guarda del monte, gana de soldada 586 reales y 24 fanegas de centeno y lo demás en dinero.

Y en este citado habiéndoles vuelto a leer las 40 preguntas con sus respuestas, dijeron que todo cuanto contienen es cuanto saben, y pueden decir de propia ciencia y por presente, ajustada regulación bajo del juramento que tienen hecho en que se afirmaron, ratificaron y firmaron los que supieron, un testigo por lo que vio lo firmó su merced y el escribano que estuvo presente, de que doy fe: Don Manuel de Suso, Antonio Cuevas, Gabriel Martínez, Manuel de Arriaga, Andrés Alonso cuevas, Manuel González Arriba, testigo, Manuel González, ante mí Ignacio Esteban Marrón.

Auto:

En la villa de Mecerreyes a 25 de febrero, año de 1753, el señor subdelegado don Manuel de Suso, por ante mí, el escribano dijo que en conformidad, de lo que se previene por la contaduría General de Única contribución, en estas de nueve del corriente para que se averigüe, por segunda declaración de pastor, qué días se ocupa a la labranza, a jornal, los ajustamientos que constan de los autos obrados para la operación de esta villa y para que a las eras de trillar las estimen producto, en atención a practicarlo, así en otro pueblo, no obstante que el resto del año servían para pasto común, debía demandar y mandaba que Manuel González Arribas y Manuel Martínez, pastores que declararon en dichos autos junto con Francisco González y Gabriel Bravo, vecinos de esta villa, a quienes su merced nombraba pastores de oficio, declara al Señor de este auto bajo de juramento, y en forma con distinción, de los días que cada artesano, al mismo tiempo se ocupa de labrador o jornalero. Y lo mismo por lo respectivo al producto de eras, y hecho sesenta a la Contaduría.

Y por este auto que firmó su merced, así lo apruebo, doy fe

Susso: Ante mí: Ignacio Esteban Marrón

Notificación:

Y consecuentemente, yo el escribano, hice saber el auto antecedente, para sus efectos a los nominados en él, quienes dijeron estaban prontos a comparecer ante su merced y hacer la declaración que se les mandare, y para que conste lo firmo: Marrón

Declaran:

En la villa de Mecerreyes a los dichos 25 de febrero, año referido de 1753, ante dicho señor subdelegado comparecieron Manuel González Arribas, alcalde ordinario de ella, Manuel Martínez, Francisco González y Gabriel Bravo, pastores nombrados a efecto de hacer la declaración que se previenen en el acto antecedente; y para que sea con toda justificación, de ella y cada uno, su merced por ante mí el escribano, tomo y recibo juramento por Dios nuestro Señor y una cruz en forma de derecho, bajo del cual ofrecieron decir verdad y enterados de los particulares, de dicho auto, dijeron les parece obra el palmento, de tres fanegas y media de eras para trillar, las mieses y según su juicio consideran de utilidad a cada celemín de tierra dos reales y medio de vellón, y por lo que mira a los ajustes, que resultan de la pregunta treinta y tres que se les ha leído, dijeron que cada uno de los comprendidos en ella que tienen labranza y ganan jornal ocupan los días siguientes:

LABRADOR                                                                    JORNAL

Manuel González Lozano         (cien días)             100

Juan de las Heras                                                            20

José González (mayor)                                                 10

Carlos Portal                                                                     30

José Portal                                                                         60

Bernabé González                                                            60

Tomás Bravo (mayor)                                                   60

Tomás Bravo (menor)                                                   60

Sebastián Bravo                                                               60

Roque Bravo                                                                      60

Gabriel Bravo                                                                    60

Francisco Bravo                                                               60

Fabián Cuesta                                                                    80

Todos a jornal en labores del campo como tienen expresado, y todo les parece ser así verdad, según su entender y bajo del juramento que tienen hecho en que afirmaron, ratificaron y firmó el que supo, un testigo por los que no, así luego lo firmó su merced, dicho señor subdelegado, de que doy fe: Don Manuel de Suso, Manuel González Arribas, testigo, Antonio Vicario.

Ante mí Ignacio Esteban Marrón, conforme al original que queda en la Contaduría de mi cargo.

Burgos a 28 de mayo de 1754

José María de Huydobro                                                                                 Pedro Álvarez